Equipaje de mano: Como cumplir la normativa AENA sobre líquidos.
Miércoles, 4 de mayo de 2011Aunque la normativa AENA sobre los líquidos en el equipaje de mano lleva ya bastante tiempo en vigor y ya hemos hablado sobre ello en alguna ocasión (en el post sobre como ahorrar dinero cuando viajamos con Ryanair), no está de más que recordemos este tema, ya que muchos viajeros no lo tienen en cuenta a la hora de viajar y al pasar el control de seguridad se encuentran con sorpresas desagradables.
Según AENA, los líquidos que vayan en el equipaje de mano, deberán ir en envases de no más de 100 ml y colocarse en una bolsa o neceser transparente provisto de sistema de cierre/apertura y de capacidad no superior a 1L.
Los pasajeros deberán proveerse de dichas bolsas antes del inicio de su viaje y los contenidos deberán caber cómodamente dentro de ésta, que deberá poder cerrarse completamente. Si vamos a facturar el equipaje, estas medidas no nos afectan, ya que el neceser puede ir sin problemas dentro de la maleta en la bodega.
A efectos de estas medidas, se consideran líquidos:
Agua y otras bebidas, sopas, jarabes.
Cremas, pastas (incluida la pasta de dientes), lociones y aceites.
Perfumes.
Gel, como por ejemplo, gel de ducha o champú.
Contenidos de contenedores presurizados, incluidos espuma de afeitar, otras espumas y desodorantes.
Aerosoles.
Cualquier otro de consistencia similar.
•Líquidos que deban ser utilizados durante el viaje* bien por necesidades médicas o por necesidad de dietas especiales, incluyendo la comida de los niños.
Cuando sea requerido, el pasajero deberá mostrar la autenticidad del líquido.
A mucha gente, esta normativa le supone un verdadero problema que les da muchos quebraderos de cabeza, pero el tema no es tan complicado como parece.
Pero entonces… ¿Qué hago con la pasta de dientes, champú, etc,etc?





















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